Al Juzgado de Guardia Málaga

 

Antonio  Romero  Ruiz,  en  mi  condición  de  Secretario  Político  del  PCA  en  Málaga  y
como  miembro  de  la  Diputación  Permanente  del  Parlamento  de  Andalucía,  con  DNI
XXXXXXXX-N y con domicilio, a efectos de notificación, C/Salvador Noriega nº.7, C.P.
29006 Málaga, comparece ante este juzgado y, como mejor proceda en derecho, dice:

Primero. En la jornada de ayer, 9 de marzo de 2008, ejercí mi derecho al voto en el colegio electoral de Humilladero a favor de la candidatura de Izquierda Unida.

Segundo. Izquierda Unida ha obtenido novecientos sesenta y tres mil cuarenta votos y
se  le  han  asignado  dos  escaños.  Cada  diputado  de  Izquierda  Unida  ha  necesitado
cuatrocientos  ochenta  y  un  mil  quinientos  veinte  votos.  El  PSOE  ha  obtenido  once millones sesenta y cuatro mil quinientos veinticuatro votos y se le han asignado ciento sesenta y nueve escaños, cada diputado electo del PSOE ha necesitado sesenta y cinco mil  cuatrocientos  setenta  votos.  El  PP  ha  obtenido  diez  millones  ciento  cincuenta  y nueve mil novecientos setenta y tres votos y se le han asignado ciento cincuenta y tres diputados, cada diputado electos del PP ha necesitado sesenta y  seis  mil cuatrocientos setenta votos. Convergencia y Unió, CiU, ha obtenido setecientos setenta y cuatr o mil trescientos diecisiete votos y se le han asignado once diputados, cada diputado de CiU
ha  necesitado  setenta  mil  trescientos  noventa  y  dos  votos.  El  PNV  ha  obtenido trescientos tres mil doscientos cuarenta y seis votos, y se le han asignado seis escaños, cada diputado ha necesitado cincuenta mil quinientos cuarenta y un votos. Y todo ello debido   a   la  aplicación   de   la   Ley  Electoral   vigente   basada   en  circunscripciones provinciales con asignaciones de número de escaños y por la aplicación, a la hora de asignar los diputados, del sistema D´hondt.

Tercero.  Se  han  vulnerado  los  siguientes  artículos  de  la  Constitución  española:
artículo 1, artículo 6, artículo 14 y  artículo 68, entre otros.

Cuarto.  El  apartado  dos  del  artículo  uno  de  la  Constitución  española  dice:  “la soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan los poderes del Estado”.
¿Cómo es posible que la soberanía del pueblo sitúe a IU como tercera fuerza política en
número  de  votos  y  una  ley  electoral,  injusta  y  anticonstitucional,  la  relegue  a  nivel parlamentario a la sexta fuerza?

Quinto. Como ciudadano demando el amparo de este Juzgado dado que mi voto no vale igual que el de otro ciudadano que haya votado a otra fuerza política. Por lo que solicito que se eleve por su señoría una cuestión de constitucionalidad y de defensa de la igualdad de todos los españoles flagrantemente vulnerada por la Ley Electoral.
Es justicia que pido en Málaga, a 11 de marzo de 2008.

 

Firmado
Antonio Romero Ruiz
Miembro de la Diputación Permanente del Parlamento de Andalucía
Secretario Político del PCA de Málaga

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Escrito de Antonio Romero al Juzgado de Guardia de Malaga